El gobierno provincial publicó el decreto que habilita desde el lunes 10 actividades económicas, físicas, recreativas y deportivas, restaurantes y bares entre otras, en todas las localidades de la provincia.
Actividades habilitadas:
Todas las actividades económicas, con atención, presencia y/o permanencia de público en el lugar, que se encontraban en funcionamiento al día 23 de julio pasado.
Las actividades físicas, recreativas y deportivas, en las modalidades autorizadas previamente.
Las actividades en casas de comidas (restaurantes, bares, cafeterías, heladerías y todo otro local comercial destinado a la producción, consumo y venta de alimentos y/o bebidas) sólo podrán atender un máximo de 4 personas por mesa.
Para todas estas actividades se mantienen los horarios que se establecieran oportunamente para cada una de las modalidades, como así también los protocolos de funcionamiento, sanitarios y epidemiológicos respectivos.
Sistema de Trazabilidad Ciudadana
Este Registro servirá para identificar a ingresantes o visitantes a los lugares en los cuales se desarrollen las actividades habilitadas.
Actividades no permitidas
Encuentros sociales y reuniones familiares, en el marco de las decisiones provincial y nacional dictadas oportunamente.
Transporte de pasajeros entre localidades, a excepción de la línea que vincula las ciudades de Santa Rosa y Toay.
Circulación de personas entre localidades, con excepción de aquellas afectadas a la prestación de servicios esenciales del Estado (seguridad, salud, entre otros).
Circulación de personas dentro de una misma localidad en el horario de 1,30 horas a 7 horas, con excepción de aquellas afectadas a la prestación de servicios esenciales del Estado (seguridad, salud, entre otros).
Permisos de Circulación
Sólo se mantiene la obligación de presentar permisos de circulación para las personas afectadas a actividades esenciales al momento de transitar de una localidad a otra o durante el horario de 1,30 a las 7.