El Gobierno nacional promulgó este miércoles la Ley Lucio. El principal objetivo es prevenir las violencias y abusos en la infancia. La normativa, publicada en el Decreto 253/2023 del Boletín Oficial, surgió tras el asesinato de Lucio Dupuy, el niño de 5 años que falleció el 26 de noviembre de 2021 a causa de los golpes recibidos por su madre, Magdalena Espósito Valenti (26), y la pareja, Abigail Páez (28) en la capital pampeana.
El Tribunal de Santa Rosa, conformado por la jueza Alejandra Ongaro y los jueces Andrés Olié y Daniel Sáez Zamora condenó a ambas a la pena de prisión perpetua. La madre de Lucio fue condenada por el delito de homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento en perjuicio de Lucio Dupuy. Y Abigail Páez por homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento, en concurso real con el delito de abuso sexual (…) agravado por tratarse de la guardadora y por haberse cometido contra un menor de 18 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente, como delito continuado.
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La ley
La Ley Lucio tiene como principal objetivo establecer capacitaciones continuas, permanentes y obligatorias en derechos de las niñas, niños y adolescentes para “personas que se desempeñan en áreas y dependencias de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado nacional, que forman parte corresponsable del Sistema Integral de Promoción y Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes”.
La norma agrega además que «podrán también ser destinatarios del citado plan, agentes de las administraciones provinciales, municipales y de organizaciones sociales, deportivas, recreativas y culturales, en el marco de convenios de cooperación y colaboración con la autoridad de aplicación de la presente ley”.
Desde el momento de la publicación de la ley en el Boletín Oficial, hay seis meses para elaborar “los contenidos del Plan Federal de Capacitación”. El proyecto de ley impulsado tras la muerte de Lucio había alcanzado la media sanción en la Cámara de Diputados un año después y el pasado 13 de abril logró la aprobación definitiva en el Senado.
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Los puntos más destacados de la ley:
- Capacitación obligatoria. Destinadas a funcionarios de los distintos poderes del Estado e integrantes de las diferentes áreas que intervienen en estos casos en todos sus niveles y jerarquías, en materia de derechos de la infancia y violencias contra niñas, niños y adolescentes.
- Campañas de concientización. Campañas de concientización sobre violencia y vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes, en medios nacionales, provinciales y entidades públicas nacionales. El objetivo es visibilizar la violencia y la vulneración de derechos de los menores «deben contener de forma clara y precisa la información sobre cómo denunciar situaciones de vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes en cada jurisdicción. Además, deben brindar información que permita reconocer indicadores sobre posibles hechos de violencia contra niños, niñas y adolescentes».
- Protocolo de acción conjunta. Establecer un protocolo de actuación para las fuerzas de seguridad, instituciones educativas y de salud y demás organismos administrativos de niñez y autoridad judicial con competencia en familia. Unificar criterios a nivel nacional, que garantizan la trazabilidad de las denuncias y establecer mecanismos accesibles y apropiados para garantizar la igualdad del acceso del niño, niña y adolescente al servicio de Justicia.
- Deber de comunicar. Exigir a los miembros de los establecimientos educativos y de salud, públicos o privados y todo agente o funcionario público que tuviere conocimiento de la vulneración de derechos de las niñas, niños o adolescentes que «deberá comunicar dicha circunstancia ante la autoridad administrativa de protección de derechos en el ámbito local o autoridad judicial competente, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad y falta grave por dicha omisión».
- Activación de la línea 102 a nivel nacional. Otro de los puntos solicita la activación de la línea 102 a nivel nacional. El objetivo es favorecer la promoción y protección de derechos de niñas, niños y adolescentes. La normativa establece que el Poder Ejecutivo Nacional deberá asegurar su funcionamiento a nivel nacional y la trazabilidad de las denuncias realizadas.
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NIÑEZ, LA PAMPA. Ministerio de Desarrollo Social – Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia Av. Luro y San Martín – Centro Cívico P.B. y San Martín Oeste Nro. 851 – Santa Rosa (02954) 452-600 int. 1460/1786 / (02954) 415-450 subnaf@lapampa.gob.ar / equipogestionsdhyf@hotmail.com
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