George Orwell lo contó en su libro “1984”, aunque creo, se quedó “corto” al describir las sociedades totalitarias donde sus ciudadanos son vigilados y controlados, todo el día y todo el tiempo en todo lo que hacen. Sí, incluso en aquello que piensan.
Mi admiración y respeto por este gran autor que, sin temor a equivocarme, no se atrevió a tanto en su narración, pues el acceso y control de nuestros pensamientos al conectar nuestro cerebro con una computadora, no fue alcanzado por esta célebre obra.
Acaso, no te llama la atención que Facebook te pregunte, ¿qué estás pensando? o ¿entraste en una tecno-paranoia con la serie Black Mirror?
Nuestros pensamientos, eso que nos es propio y absolutamente íntimo, podrían ser “leídos”, “vistos” o “escuchados” o hasta incluso “modificados” por la interacción de la inteligencia artificial incidiendo en alguna parte orgánica de nuestro cerebro. De eso se trata la neurotecnología: conectar nuestro cerebro a una máquina con la posibilidad de «manipular el cerebro” e interferir en las decisiones cotidianas.
Nueva Ley de Teletrabajo. Derechos y obligaciones de los teletrabajadores.
En la actualidad, muy pocos países han comenzado a pensar en darle un marco normativo a estos avances tecnológicos. Chile, por ejemplo, podría convertirse en el primer país en regular específicamente los “neuroderechos” y, particularmente, crear una nueva categoría de datos personales, los «neurodatos». Para ello, se encuentra trabajando en un proyecto de reforma constitucional a fin de brindar la tan necesaria protección legal.
¿De qué hablamos cuando mencionamos Neuroderechos?
Son un conjunto de derechos que surgen a raíz de los avances tecnológicos. Hoy la inteligencia artificial está en manos de todos, por lo que resulta fundamental que el uso de éste tipo de tecnologías sea regulado por los estados, para que, en primer lugar, le pongamos límites al propio estado y, en segundo lugar, establezcamos un orden social que restrinja a todo aquel que pretenda ingresar en el corazón de nuestra mente.
Rafael Yuste, director del Centro de Neurotecnología de la Universidad de Columbia (EE.UU), propone la creación de cinco tipos de neuroderechos:
- Derecho a la privacidad mental: la actividad de las neuronas, no debería ser sacada del cerebro sin el consentimiento del individuo;
- Derecho a la identidad personal: cuando conectemos el cerebro a una interfaz inteligente, menos “yo” seremos y se podría desdibujar la línea entre la conciencia de una persona y las entradas tecnológicas externas;
- Derecho al libre albedrío: al estar conectado a lectores de actividad cerebral a una computadora, puede que ésta sea la que tome la decisión o la condicione;
- Derecho al acceso equitativo al aumento de neurocognición: la utilización de algoritmos puede mejorar la actividad cerebral. Este aumento cognitivo no será económico, ni accesible a todos. Por ello, debe ser un derecho humano con acceso equitativo y justo;
- Derecho a la protección de sesgos algorítmicos: al conocer lo que pensamos por medio de la conexión cerebro-computadora, esto podría generar discriminaciones de todo tipo.
Inteligencia Artificial
Neurotecnologías invasivas, implantes sensoriales, exoesqueletos para incrementar la fuerza física, dispositivos de ampliación de memoria, interfaces cerebro-ordenador podrían dar lugar no sólo al acceso por parte del estado o corporaciones transnacionales, a nuestros datos biológicos (temperatura corporal, oxígeno en sangre, presión sanguínea), sino el acceso a nuestros pensamientos, acceder a nuestra memoria, recuerdos o incluso controlar nuestras acciones por medio de hackeo, instrusismo o acceso ilegítimo a dispositivos de interfaz cerebro-computadora o cerebro-máquina.
El desarrollo de la inteligencia artificial aplicada al ámbito del derecho, presenta ciertos inconvenientes en cuanto a la posible lesión del ejercicio de derechos constitucionales como el derecho a la intimidad, la privacidad, protección de datos personales, e incluso derechos humanos propios de la era digital como el derecho humano de acceso a la información, derechos a la autodeterminación informativa, derecho al anonimato o posprivacidad y neuroderechos.
El Derecho y el laberinto de la coparticipación.
La mayoría de los derechos plasmados en nuestra Constitución Nacional – como en el resto de las constituciones de otros países-, refieren a derechos propios de la era analógica o de la protección de los derechos sólo en la esfera tangible, corpórea o física.
El empleo masivo de la vigilancia electrónica asistida por inteligencia artificial, resulta ser una gran herramienta para control que configura una seria amenaza a los derechos humanos de la ciudadanía, representa una dramática transición de vigilancia “sobre la piel” a “vigilancia bajo la piel”.
Resulta entonces imprescindible una regulación que ponga límites éticos, morales y legales a este avasallamientos a nuestras libertades por medio de las nuevas tecnologías, que preserve una de las cosas más íntimas a la que sólo nosotros podamos tener acceso, nuestros pensamientos.
Defendamos nuestro derecho a pensar, a preservar lo que pensamos y, que nadie pueda tener acceso a él. Si no ponemos los límites a tiempo, las posibilidades de sucumbir ante una vigilancia electrónica totalitaria y omnipresente está a la vuelta de la esquina o tocándonos la puerta. El Ciberpatrullaje del pensamiento, debe estar excluido de plano en toda sociedad democrática.