Hoy, en el Día Mundial del Corazón, se cumplen tres meses de la aprobación de la “Ley Bases” que, entre muchas otras medidas, modificó los Impuestos Internos a los cigarrillos, volviéndolos más regresivos en materia de salud pública.
Este cambio se dio a contracorriente de la evidencia científica, que señala que el aumento de los impuestos al tabaco es la estrategia más costo-efectiva para reducir el consumo, y por ende para prevenir el desarrollo de enfermedades cardio y cerebrovasculares, entre otras.
El consumo de tabaco es responsable del 10 al 12% de las muertes por enfermedad cardiovascular a nivel mundial. Según el Ministerio de Salud de la Nación, las enfermedades cardiovasculares son la principal causa de muerte en Argentina. Cada año, el consumo de tabaco es responsable de unas 12.000 muertes cardiovasculares (además de ser responsable de 42.000 muertes si se consideran todas las patologías asociadas al tabaquismo).
Específicamente, el nuevo esquema para el impuesto interno al cigarrillo estableció un incremento en la alícuota ad-valorem (del 70% al 73%), a la vez que eliminó el componente mínimo del impuesto interno, un monto fijo actualizable por inflación que funcionaba como un orientador de precios para que estos productos dañinos no fueran tan baratos y accesibles.
Desde FIC Argentina alertamos que los cambios representaban un retroceso para la prevención y el abordaje del consumo de tabaco. Al eliminar el componente mínimo se quitó el piso de referencia para el precio de los cigarrillos, que servía para prevenir la existencia de marcas ultrabaratas. Pese a no tener un pleno cumplimiento, este era un componente dentro del impuesto interno que no debía ser eliminado sin una alternativa superadora que lo reemplace.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronunció en este sentido, a través de dos fallos recientes donde reconoció la finalidad de proteger la salud de la población que tienen los impuestos selectivos al tabaco, como lo era el componente mínimo del impuesto interno.
A los 15 días de ser reglamentada la Ley Bases, lamentablemente sucedió lo que esperábamos: varias de las grandes tabacaleras comenzaron a promocionar rebajas en los precios, mayormente en sus marcas más baratas. Según las listas de precios publicadas, algunas de estas marcas bajaron hasta un 20% en los precios de algunos productos respecto de sus valores previos a la modificación del impuesto.
Hoy en Argentina tenemos uno de los cigarrillos más asequibles del mundo y el precio relativo de los cigarrillos es bajo en comparación con productos de la canasta básica: a junio de 2024, un paquete de 20 cigarrillos costaba menos que medio kilo de yerba.
Este Día del Corazón, manifestamos nuestra gran preocupación por las consecuencias de las modificaciones introducidas, y enfatizamos sobre la necesidad de una reforma integral de la ley 24.674 de Impuestos Internos, que establezca gravámenes específicos al consumo de productos perjudiciales para la salud.
Nuestro país requiere un esquema tributario que incorpore la noción de «impuestos saludables«, para gravar de manera diferenciada productos como los cigarrillos, las bebidas alcohólicas y las azucaradas. Este tipo de impuestos, según la evidencia científica disponible, son el mejor camino para desincentivar consumos que dañen la salud, especialmente la del corazón.
Mario Bedosti, coordinador del área de Incidencia de FIC Argentina (Fundación InterAmericana del Corazón)
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